La nueva ley en tres claves

La ley que reforma el trabajo autónomo y empezará a aplicarse el 1 de enero, no modifica solo en parte la tributación, sino también otros elementos.

Tarifa plana. Los trabajadores por cuenta propia que se den de alta en el régimen de autónomos por primera vez se benefician de una tarifa plana que se aumentará en seis meses a partir del próximo año. “Estas reducciones se aplicarán por un máximo de 24 meses en el supuesto de trabajadores menores de 30 años, o de 36 meses, en el caso de mujeres menores de 35”, detalla Vázquez. En la ley anterior se establecía que podían obtener estas mismas ventajas también los autónomos que se dieran de alta más de cinco años después de haber causado la baja. La nueva normativa prevé bajar este límite a dos años.

Bonificaciones. La bonificación de la totalidad de la cuota de autónomos se ampliará por contingencias comunes y por cuidado de menores de 12 años que el contribuyente tenga a su cargo, cinco años más que la edad prevista por la normativa anterior. Por otra parte, si la contribuyente había cesado su actividad de autónoma por maternidad o adopción, entre otros motivos, y vuelve a trabajar por cuenta propia en los dos años siguientes al cese, tiene derecho a una bonificación por la que la cuota por contingencias comunes, incluida la incapacidad temporal, se fija en 50 euros al mes durante los 12 meses que siguen la reincorporación. “Este punto entró en vigor el 26 de octubre”, especifica Vázquez.

Contratar familia. El mes pasado entró en vigor también una bonificación por contratación indefinida por parte del trabajador autónomo de su cónyuge, o de ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive. Se trata de una bonificación en la cuota empresarial por contingencias comunes del 100% durante un periodo de 12 meses, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.